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jueves, 14 de noviembre de 2013

Resolución de Conflictos TSU III Cohorte

Resolución de Conflictos

Profa. Dilcia Carrasquel


Tema 1: La Personalidad y el proceso de comunicación en la resolución pacífica de conflictos.

Tema 2: El conflicto. Definición. Tipos, características y formas de manejar el conflicto.

Tema 3: La mediación y la negociación como técnicas fundamentales para la Resolución pacífica de conflictos.

42 comentarios:

  1. La Resolución Pacífica de Conflictos implica la práctica de una serie de herramientas que permiten
    manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta. La sensibilización y formación
    de la comunidad, educadores, adolescentes y servidores públicos para el manejo de la mediación
    como estrategia pacífica para solventar conflictos, representa una alternativa para prevenir y controlar
    cualquier situación de conflicto(familiar, social, escolar, institucional, otros) que, de acuerdo al
    tratamiento otorgado, podría generar reacciones violentas, agresivas y dañinas para la convivencia
    ciudadana y el óptimo desarrollo psicosocial de niños, niñas, adolescentes y adultos; aunado al
    adecuado funcionamiento de las instituciones en general. La mediación comunitaria como técnica
    alternativa para la resolución de conflictos sociales es un proceso mediante el cual una o varias
    personas, intervienen como entes neutrales y objetivos en un conflicto que no lo afecta directamente.
    El papel del mediador es facilitar que las partes en conflicto se escuchen mutuamente, estimularlas y
    orientarlas para que produzcan un acuerdo voluntario y consensuado.

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  2. La Cultura de Paz se define como el “conjunto de valores, actitudes, comportamientos, tradiciones,
    estilos de vidas basados en el respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y la práctica de la
    no violencia por medio de la Educación, el diálogo y la cooperación; el respeto pleno y la promoción
    de los Derechos Humanos y las Libertades fundamentales; el compromiso de la resolución pacífica
    de los conflictos…” (ONU, 1999). En este sentido, el Manifiesto Cultura de Paz (UNESCO, 2000)
    establece una serie de acciones dirigidas hacia el respeto a todas las formas de vida, el rechazo a la
    violencia, la liberación de la generosidad, el ejercicio de la escucha para comprenderse, la
    preservación del planeta y la reinvención de la solidaridad; todas ellas como prácticas que permiten la
    promoción de la paz y, por ende, el fortalecimiento de la cultura de paz.
    La resolución pacífica de conflictos encuentra soporte en los principios y acciones de la cultura de
    paz, ya que propician espacios para el manejo de diferencias a través de estrategias no violentas.
    Así, consiste en examinar las dificultades y aumentar el interés común de las partes involucradas, a
    fin de superar los obstáculos y desarrollar un proceso que conduzca a la satisfacción de las
    necesidades: los acuerdos y desacuerdos, los encuentros y desencuentros, las tareas
    complementarias, las diferencias y los juegos de poder, las coincidencias y los objetivos en común

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  3. Tradicionalmente la definición de conflicto ha sido vinculada a la noción de violencia, incompatibilidad,
    choque y otras acepciones negativas que sugieren el enfrentamiento entre dos personas. Sin
    embargo, es necesario señalar que esta creencia no es la más adecuada, es más asertivo hablar del conflicto como una situación en la que las personas o grupos sociales buscan o persiguen metas
    opuestas o afirman valores antagónicos, que no siempre se circunscribe a un ámbito negativo.
    La definición de conflicto no es cerrada ni definitiva, ya que depende de algunas variables que
    podemos resumir en dos grupos: los que hacen referencia a situaciones estructurales (en donde
    juega un gran papel el tipo y naturaleza de poder); y los hacen referencia a las situaciones
    emocionales-afectivas (que incluyen actitudes, estereotipos y representaciones que se forman, así
    como la personalidad de los protagonistas). Asimismo, “dentro de un conflicto intervienen tres
    elementos, a saber: personas, procesos y el problema o diferencias, incluyendo la valoración que las
    personas hacen del conflicto y las alternativas de solución que proponen” (Lederach, 1995:95) las
    cuales pueden responder a solución pacífica (mediante la negociación, conciliación, mediación o
    arbitraje) o una solución violenta.
    Importante es destacar que para que exista un conflicto es imprescindible que las partes perciban ese
    estado conflictual, es decir que sus intereses están siendo afectados o la posibilidad de que sean
    perturbados. Además, implica necesariamente un proceso de comunicación sea verbal, corporal y / o
    escrito siendo esta interacción el espacio donde se origina el conflicto.
    Ahora bien, establecer causas detonantes de conflictos, es una tarea ardua e imprecisa, pues como
    se ha visto en él inciden innumerables factores que en combinación con la personalidad, el contexto,
    la evolución de la diferencia, la percepción, los mecanismos utilizados, etc. le otorgan un carácter
    único que no admite equiparación ni la aplicación de una solución ya establecida, por más que el
    panorama sea similar a otro ya resuelto. No obstante, se consideran aspectos comunes que facilitan
    la aparición de situaciones de conflicto, a saber:
    o Aspectos Personales: en este grupo se ubican los sistemas de valores y las características de la
    personalidad que explican el temperamento, modo de ser y las diferencias individuales. A este
    grupo pertenecen las percepciones y las emociones que, eventualmente provocan reacciones
    negativas por ejemplo: los deseos, aspiraciones insatisfechas, frustraciones, celos, e

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  4. Este modelo, es un rol intermedio que se aplica para evitar una respuesta violenta y que funciona
    como un proceso participativo, en el que las partes se sienten sujetos y no objetos, puesto que de
    ellas nacen las alternativas de solución. La mediación en los espacios comunitarios permite el
    desarrollo de sus miembros en tanto personas responsables de su propio desarrollo y crecimiento, así
    como de su compromiso con las soluciones escogidas y aceptadas para solventar sus conflictos.
    Igualmente, “permite la construcción de espacios comunitarios en la atención y prevención de los
    conflictos como un mecanismo autónomo de la comunidad que desplaza la fuerza como medio de
    solucionarlos y reemplaza la labor judicial donde ésta no llega o es deficiente” (Cátedra de la Paz,
    2005b).
    La función del mediador, como se dijo anteriormente, es permitir que las partes se escuchen
    mutuamente y orientar a las mismas a producir la colaboración y no ha profundizar las diferencias
    entre ellas, con la finalidad de lograr un acuerdo voluntario y consensuado. Además, no decide ni
    tiene autoridad para imponer una solución, simplemente es una persona entrenada para asistir a
    aquellas otras que se encuentran en conflicto, estimulándolas, guiándolas y escuchándolas para que
    ellas mismas arriben a un acuerdo.
    La mediación es una forma legítima de peacemaking y es apropiada cuando se está frente a un
    conflicto largo o complejo; cuando los esfuerzos de las propias partes en el manejo del conflicto han
    alcanzado un impasse; cuando ninguna parte está preparada para sancionar costos o pérdidas de
    vidas y en la medida en que ambas partes están preparadas para cooperar, tácita o abiertamente, en
    el quiebre de su estancamiento. Si tales condiciones prevalecen, la mediación puede asegurar la
    salida pacífica del conflicto.

    La práctica la resolución de conflictos desde los miembros de las comunidades (entendida como un
    espacio físico o virtual donde conviven familias o grupos de personas) permite la promoción de la
    participación en lo local. Favorece la permanencia y continuidad de los programas y/o proyectos,
    permite tener beneficios recíprocos (de ambas partes), favorece la consolidación de los grupos
    organizados, facilita una mayor y mejor comunicación.
    La Resolución de los Conflictos desde la comunidad es fundamental, ya que apoya el trabajo de la
    Cultura de Paz para lograr el adecuado desarrollo y bienestar de sus participantes y fomentar de esta
    manera la Convivencia de todos los miembros de una determinada comunidad. Tiene que ver
    también con las alternativas, herramientas e instrumentos que tienen todos los miembros de una
    comunidad o grupo social, para realizar trabajo preventivo, incidiendo directamente en la disminución
    de los niveles de conflictividad que puedan existir; mediante su práctica continua

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  5. El conflicto está presente de forma permanente en nuestra sociedad como manifestación de la diversidad
    de intereses y cosmovisiones. Los conflictos que suelen tener diversidad de causas
    y argumentaciones tradicionalmente se resuelven mediante el uso de la fuerza y la imposición de la voluntad del más fuerte.El problema del conflicto ha sido abordado desde múltiples disciplinas y ciencias; sin embargo, es preciso aproximarnos conceptualmente mediante las siguientes definiciones:
    “El conflicto es el proceso cognitivo-emocional en el que dos individuos perciben metas incompatibles dentro
    de su relación de interdependencia y el deseo de resolver sus diferencias de poder” (Redorta, 2007: 31).
    “Conflicto es la oposición entre grupos e individuos por la posesión de bienes escasos o la realización de
    valores mutuamente incompatibles” Desde estas concepciones, cabe destacar como eje principal del conflicto la dimensión interpersonal, al considerar la implicación de dos o más individuos que mantienen diferencias ante alguna situación. Analizar el conflicto es analizar relaciones no pacíficas, si bien hay algunas posturas que señalan que la vertiente más positiva del conflicto es que permite el cambio social.

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  6. Los conflictos son parte de nuestra vida y una gran fuente de aprendizaje. Tener conflictos significa estar vivo, y lo saludable es aprender a manejarlos, principalmente porque algunos son inevitables. Lo que sí es evitable son las consecuencias negativas de los mismos, todos tenemos recursos internos e innatos que nos dotan de capacidad para abordarlos, el ser humano sobrevive gracias a ellos si bien es cierto que las estrategias útiles se aprenden Si miras en tu entorno quizás veas que los adultos con los que has crecido tampoco tienen estas habilidades siendo por eso probable que no hayas tenido un modelo adecuado que te sirva. Las consecuencias de esto pueden ser que no sepas abordar las dificultades que surgen en las relaciones personales, y que debido a esto te de miedo dar tus opiniones, evites discutir..., o por otro lado no sepas dar tu opinión sin imponerla tengas dificultad para ceder y ponerte en el lugar del otro.
    A nivel global las herramientas necesarias para afrontar las diferencias con los otros serian confianza en uno mismo y en los demás, lo que se traduce en creer que se puede hacer algo y asertividad o lo que es lo mismo, conocimiento de las habilidades sociales eficaces y adecuadas para cubrir tus necesidades desde el respeto hacia ti mismo y hacia el otro. Las emociones básicas que se experimentan cuando se vive un conflicto son la rabia, la tristeza y el miedo. A veces de forma independiente y otras todas a la vez. El camino de la resolución de conflictos no es otra cosa que la expresión adecuada de estas emociones, la escucha de las de los demás y la búsqueda de alternativas válidas para los miembros que experimentan el conflicto.


    DICENTE: alcides cordero
    C.I. 14812790
    3ra. cohorte

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  7. La resolución de conflictos es una técnica muy favorable, ya que, ensayada por profesionales experimentados que representan a las partes en disputa a cualquier nivel individual-interestatal que ofrecen una vía alternativa para cada parte que desde su punto de vista puede favorecer la resolución del conflicto en todas sus facetas y dominios.
    El origen histórico de la resolución de conflictos se remonta al origen mismo de la humanidad, comienza con la existencia de, por lo menos, tres personas en el mundo. Por lo que su génesis es la de la vida en comunidad.
    Existen fragmentos filosóficos presocráticos, como los de Heráclito y Aristóteles donde se ha traducido que el conflicto es el promotor del cambio y a su vez es consecuencia de este. y simplemente se necesitan dos seres, ya que el conflicto se caracteriza por la dualidad adversario adversario. En la actualidad se acepta que los conflictos son de naturaleza humana, ya que en la naturaleza no existen conflictos. Igualmente, un conflicto puede existir entre opciones de una misma persona conflicto interno y no necesariamente entre dos adversarios distintos conflicto externo.
    La transformación del conflicto está más relacionada con los procesos de pacificación, y a que no sólo interesa eliminar o controlar el conflicto, si no describir, entender y cambiar las causas que lo generan. Las principales características de la transformación de conflictos podrían ser las siguientes:
    • Cambia las formas de comunicación. En momentos de alta tensión la transformación y la mediación consisten en recuperar las posibilidades de comunicación entre las partes.
    • Cambia las percepciones de una o uno mismo, de las otras y los otros y de los temas que producen el conflicto. Ofrece una percepción más amplia y generosa de las personas sus intenciones y la situación.
    • Ayuda en la descripción dialéctica del conflicto. Resalta la naturaleza prescriptiva de la reconstrucción de las maneras de percibir los conflictos. Por tanto la transformación del conflicto describe su dinámica y prescribe alternativas.
    DICENTE: MARIO RAMOS
    C.I.Nº 15.513.670

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  8. Este tema trata sobre conflictos tipos de conflictos y la solución de los mismos ,en nuestra función policial a diario o al día día nos tropezamos con diferentes tipos de conflictos ,donde tenemos que usar diferentes métodos y diferentes herramientas para tratar de resolver estos conflictos sin utilizar la fuerza represiva ya que es la ultima opción de usar y este material nos da mas conocimiento para la mejor labor a la hora de resolver un conflicto para darle una respuesta satisfactoria y de paz y seguridad ala ciudadanía ,la resolución de conflicto pacifica nos da las herramientas para manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta, permitiendo la solución eficaz atraves del dialogo y así tener un resultado satisfactorio para nuestra ciudadanía a la cual nos debemos excelente material.

    Dicente: Carlos Hernández.
    C.I: 15144585

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  9. El siguiente contenido de resolución de conflicto nos da las herramientas necesarias para la mediación de los diferentes conflictos que se nos presentan a diario en nuestra labor policial, El origen histórico de la resolución de conflictos se remonta al origen mismo de la humanidad, comienza con la existencia de, por lo menos, tres personas en el mundo. Por lo que su génesis es la de la vida en comunidad. Los conflictos son parte de nuestra vida y una gran fuente de aprendizaje. Tener conflictos significa estar vivo, y lo saludable es aprender a manejarlos, principalmente porque algunos son inevitables. Lo que sí es evitable son las consecuencias negativas, y en nuestra función nuestra labor es evitar y disminuir esas consecuencias negativas para que la ciudadanía tenga una mayor respuesta positiva a los diferentes conflictos que se puedan presentar.

    Dicente: Pedro Monseratt.
    C.I: 15145822.

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  10. La Resolución de conflictos es el compendio de conocimientos y habilidades para comprender e intervenir en la resolución pacífica y no violenta de los conflictos sociales.
    Es una disciplina que las contiene todas, incluso la matemática,
    La física teórica o la biología. Evidentemente son especialmente las ciencias sociales las que más aportan en la comprensión de los conflictos.
    Conviene definir el concepto de violencia utilizado como "todo aquello que pudiera producir un mal o perjudicar a uno mismo, a otro o al entorno social o natural". De esta manera, violencia también pudiera ser, además de causar un mal físico, el engaño, la injusticia social y la violencia psicológica o estructural.
    Etimología del conflicto:
    Viene de la voz latina "conflictos" que deriva del verbo "confluyere" (combatir, luchar, pelear, etc.)
    Definición del conflicto:
    Circunstancia en la cual dos o más personas perciben tener intereses mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial contrapuestos y excluyentes, generando un contexto confrontativo de permanente oposición.
    Naturaleza del conflicto:
    Es de naturaleza humana, cuyos puntos en controversia para cada persona son distintos, ya que el ser humano es conflictivo.
    Valor positivo del conflicto:
    El conflicto debe ser visto como un desafío, como un proceso en la cual se alcanza nuevas posiciones para lograr las necesidades y objetivos.
    Nos permite hacer las cosas de una manera diferente en el futuro, superar nuestras relaciones personales y con los demás, debiendo considerarse desde un punto de vista constructivo como el resultado de diversidad de perspectivas.

    Los medios de comunicación de todo el mundo dedican mucha atención a los acontecimientos violentos. Incluso en los medios cuyo objetivo es entretener, las imágenes violentas son habituales. De este modo interiorizamos “conflicto” como sinónimo de “violencia”, cuando no son la misma cosa. Para los niños y los jóvenes es importante entender que los conflictos son algo habitual en nuestro día a día pero que la violencia no es necesariamente el resultado de un conflicto. La violencia es una respuesta aprendida y si la violencia se puede aprender, existen otras respuestas posibles que también se pueden aprender.

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  11. Se entiende como conflicto (discucion,problemas etc,) en la cual dos o más personas perciben tener intereses mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial contrapuestos y excluyentes, generando un contexto confrontativo de permanente oposicion. Conflicto es analizar relaciones no pacíficas, si bien hay algunas posturas que señalan que la vertiente más positiva del conflicto es que permite el cambio social.

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  12. El conflicto forma parte de las relaciones entre personas, debido a las diferencias de opiniones, expectativas, creencias, valores, deseos que a menudo existen.
    Por este motivo, aprender como afrontar los conflictos es muy importante para poder mantener relaciones sanas con los demás.
    El conflicto surge cuando las necesidades de una persona no se esta satisfaciendo debido a que otra persona lo impide generalmente porque sus necesidades están en contradicción con las del otro.
    ¿Que ase una persona que responde de modo adecuado a un conflicto?
    1) Tiene en cuenta las necesidades del otro como las suyas.
    2) Sus reacciones son calmadas y sus emociones no son intensas ni descontroladas.
    3) Trata a la otra persona con respeto evitando comentarios que puedan herirle.
    4) Tiene una mayor disposición a perdonar y a olvidar el pasado.
    5) Intenta afrontar el problema sin huir y busca soluciones que tengan en cuenta las necesidades de todos los implicados.


    Dicente: Jose Ruiz
    C.I : 14041277
    3era Cohorte

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  13. La Resolución Pacífica de Conflictos implica la práctica de una serie de herramientas que permiten
    manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta. La sensibilización y formación
    de la comunidad, educadores, adolescentes y servidores públicos para el manejo de la mediación
    como estrategia pacífica para solventar conflictos, representa una alternativa para prevenir y controlar
    cualquier situación de conflicto(familiar, social, escolar, institucional, otros) que, de acuerdo al
    tratamiento otorgado, podría generar reacciones violentas, agresivas y dañinas para la convivencia
    ciudadana y el óptimo desarrollo psicosocial de niños, niñas, adolescentes y adultos; aunado al
    adecuado funcionamiento de las instituciones en general. La mediación comunitaria como técnica
    alternativa para la resolución de conflictos sociales es un proceso mediante el cual una o varias
    personas, intervienen como entes neutrales y objetivos en un conflicto que no lo afecta directamente.
    El papel del mediador es facilitar que las partes en conflicto se escuchen mutuamente, estimularlas y orientarlas para que produzcan un acuerdo voluntario y consensuado. La Cultura de Paz se define como el “conjunto de valores, actitudes, comportamientos, tradiciones,
    estilos de vidas basados en el respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y la práctica de la
    no violencia por medio de la Educación, el diálogo y la cooperación; el respeto pleno y la promoción
    de los Derechos Humanos y las Libertades fundamentales; el compromiso de la resolución pacífica
    de los conflictos…” (ONU, 1999). En este sentido, el Manifiesto Cultura de Paz (UNESCO, 2000)
    establece una serie de acciones dirigidas hacia el respeto a todas las formas de vida, el rechazo a la
    violencia, la liberación de la generosidad, el ejercicio de la escucha para comprenderse, la
    preservación del planeta y la reinvención de la solidaridad; todas ellas como prácticas que permiten la
    promoción de la paz y, por ende, el fortalecimiento de la cultura de paz.
    DICENTE LUZMARINA OCHOA

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  14. El Conflicto
    Tradicionalmente la definición de conflicto ha sido vinculada a la noción de violencia, incompatibilidad,
    choque y otras acepciones negativas que sugieren el enfrentamiento entre dos personas. Sin
    embargo, es necesario señalar que esta creencia no es la más adecuada, es más asertivo hablar del conflicto como una situación en la que las personas o grupos sociales buscan o persiguen metas
    opuestas o afirman valores antagónicos, que no siempre se circunscribe a un ámbito negativo.
    La definición de conflicto no es cerrada ni definitiva, ya que depende de algunas variables que
    podemos resumir en dos grupos: los que hacen referencia a situaciones estructurales (en donde
    juega un gran papel el tipo y naturaleza de poder); y los hacen referencia a las situaciones
    emocionales-afectivas (que incluyen actitudes, estereotipos y representaciones que se forman, así
    como la personalidad de los protagonistas). Asimismo, “dentro de un conflicto intervienen tres
    elementos, a saber: personas, procesos y el problema o diferencias, incluyendo la valoración que las
    personas hacen del conflicto y las alternativas de solución que proponen” (Lederach, 1995:95) las
    cuales pueden responder a solución pacífica (mediante la negociación, conciliación, mediación o arbitraje) o una solución violenta. Importante es destacar que para que exista un conflicto es imprescindible que las partes perciban ese estado conflictual,No obstante, se consideran aspectos comunes que facilitan
    la aparición de situaciones de conflicto, a saber:
    o Aspectos Personales: en este grupo se ubican los sistemas de valores y las características de la
    personalidad que explican el temperamento, modo de ser y las diferencias individuales. A este
    grupo pertenecen las percepciones y las emociones que, eventualmente provocan reacciones
    negativas por ejemplo: los deseos, aspiraciones insatisfechas, frustraciones, celos, envidia,
    necesidad de aceptación, etc.
    o Aspectos de la Comunicación: una comunicación inadecuada entre personas y / o grupos puede
    generar situaciones de conflicto sea producto de malos entendidos, mentiras, desinformación,
    intervención de terceros en la transmisión de los mensajes, gestos y actitudes corporales, otros.
    o Aspectos Estructurales o del Entorno: la parte estructural tiene una amplia gama de variables que
    pueden afectar las relaciones entre personas y / o grupos. Por ejemplo: disposiciones legales
    (p.e. el despido arbitrario y su secuela, la desocupación); la política tributaria del país (fuerte
    carga tributaria que afecta la liquidez de las personas y las empresas); la falta de trabajo, la baja
    calidad del servicio de salud a cargo del Estado o la seguridad social (hace necesario tener un
    seguro particular); las condiciones inseguras de trabajo (hacen peligrar la salud del trabajador); la
    escasez de recursos (no se tiene lo suficiente para cubrir los gastos de la familia); el sistema de
    reconocimiento o premiación en el trabajo (puede generar insatisfacción si se percibe injusticia);
    el estilo de mando duro y exigente, falta de limites a la autoridad y responsabilidad, las funciones en el trabajo que no están claramente definidas, metas antagónicas entre áreas de una misma empresa, posesión irregular de bienes, entre otros.
    DICENTE: YOURMAN PEREZ TSU III

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    Respuestas
    1. Facilitar la resolución de conflictos mediante el diálogo, la mediación y la conciliación está establecido como uno de los fines del servicio de policía en la Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (LOSPCPNB), por lo que los funcionarios y funcionarias requieren manejar estas herramientas.

      Para la resolución de conflictos, la practiguía La Clave del Acuerdo sugiere la identificación de la raíz del conflicto y de sus causas y analizar que es lo que está ocasionando la situación para saber en dónde se puede proponer una solución. Este modo de aproximación sustituye el acercamiento del funcionario o funcionaria de policía presuponiendo lo que está pasando o por qué los hechos están ocurriendo y le facilita la posibilidad de resolver el conflicto de manera pacífica.

      Asimismo, la guía resalta los medios alternativos para la resolución de conflictos, como el establecimiento de acuerdos, su formalización y seguimiento; y describe la negociación como un proceso de discusión entre partes en conflicto con el objetivo de establecer un acuerdo aceptable por todos y todas y como mecanismo que prescinde del uso de la fuerza para visibilizar el reconocimiento por vía de la comunicación y el diálogo, de los intereses comunes y menos intrusivos

      Recomienda además que los funcionarios y funcionarias policiales en el rol de facilitadores o facilitadoras ante situaciones de conflicto deben planificar el trabajo, generar un clima propicio, motivar la participación de todos, facilitar la discusión y lograr que el grupo alcance los resultados.

      Igualmente la practiguía explica las técnicas de mediación, conciliación y arbitraje, que permiten llegar a un acuerdo consensuado entre las partes involucradas sin necesidad de utilizar la fuerza.

      Igualmente el Consejo General de Policía publico otras practiguías, las cuales tambień están disponibles en la página web: Con el tiempo a Nuestro Favor (reducción de horarios para los funcionarios y funcionarias policiales), Responsabilidad de Cuido (gestión de riesgos y administración de desastres) y Comunidad de Decisión (reuniones policiales para la toma de decisiones).

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  15. La Resolución Pacífica de Conflictos implica la práctica de una serie de herramientas que permiten
    manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta. La sensibilización y formación
    de la comunidad, educadores, adolescentes y servidores públicos para el manejo de la mediación
    como estrategia pacífica para solventar conflictos, representa una alternativa para prevenir y controlar
    cualquier situación de conflicto . El conflicto forma parte de las relaciones entre personas, debido a las diferencias de opiniones, expectativas, creencias, valores, deseos que a menudo existen.

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  16. El funcionario policial, es un profesional por lo tanto una de sus características de resolución de conflicto es MEDIAR implica ponerse entre dos o mas personas que riñen, procurando reconciliarlos y unirlos en amistad (Diccionario de la Real Academia Española, 2003). Todos los seres humanos afrontan conflictos en diferentes oportunidades y en el proceso de la interacción cotidiana, es posible que el conflicto supere los limites de la conducta competitiva e incorpore otras metas; infligir daño, físico o psicológico, o destruir al antagonista. Cuando se presentan estas situaciones el funcionario policial debe aflorar esas las cualidades para idear procedimientos eficaces de resolución de problemas sobre la base de la cooperación.

    Se considera entonces una fórmula amistosa y razonable para llevarlas a términos armónicos, de convivencia sana y pacifica, así pues, en la comunidades debe aparecer y debe ser reconocido el policía como ese tercero neutral para evitar los trámites costosos y desgastantes que conlleva las diferentes instancias legales ofreciendo la oportunidad de solucionar conflictos sin rivalidades o competiciones absurdas y nocivas

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  17. El funcionario policial, es un profesional por lo tanto una de sus características de resolución de conflicto es medir,o mediar situaciones entre una o mas personas,En efecto en la práctica el policía, es el mediador formal por su rol social, que emplea: 1.- Análisis de la situación. (Contacto inicial). 2.- Poner las reglas del juego. (Arreglos o acuerdos para la mediación), 3.- Exposición de cada una de las partes, de su visión del conflicto. 4. Exposición de los intereses de cada uno. (apertura del proceso por las partes) 5. Proposición de las formas de solución en conjunto y escoger la más adecuada (solución participativa de los problemas). 6. Establecimiento de compromisos a futuro, acuerdos, sanciones, etc, como forma de asegurar la posterior solución de acuerdo a lo previsto. En tal sentido la mediación policial, es una de las formas no violentas de resolución de conflicto y función mas importarte que ejerce ese digno funcionario publico, tu amigo el policial, aquel que es comprensivo, respetuoso, tolerante, tiene paciencia y aceptar que todos no somos iguales, imparcial, conoce tus derechos y deberes.

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  18. La mediación es uno de los instrumentos para conseguir la autocomposición o acuerdo entre las partes.
    Es difícil pretender delimitar qué es o qué no es la mediación; posiblemente porque se trata de una institución jurídica de reciente introducción en nuestro ordenamiento, que tiene diverso reflejo normativo en cada uno de los órdenes jurisdiccionales españoles y en los distintos ámbitos territoriales en los que se ha comenzado a implantar.
    Posiblemente buscamos una definición de la mediación, lo que es, lo que no es, lo que no puede hacerse, cómo hay que hacerla… en coherencia con nuestra tradición jurídica romana, sin embargo es preciso señalar aquí que establecer límites claros y excluyentes en relación con el concepto de mediación no es conveniente, porque precisamente una de las características del procedimiento de mediación ha de ser la flexibilidad.
    Dicho esto, intentando establecer unos límites difusos, y desde un punto de vista jurídico podríamos decir que la mediación es un procedimiento a través del cual un tercero imparcial ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo.
    La esencia de la mediación que refleja esta definición es la autonomía de la voluntad de las partes: son las partes las que llegan a un acuerdo, libremente, y auxiliadas por un tercero, que, consecuentemente, ha de ser imparcial. Por otra parte, esta perspectiva de la mediación se encuentra vinculada al conflicto que es objeto o puede ser objeto de un proceso.
    DICENTE YOHURMAN PEREZ

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  19. Es positivo regular la mediación, si bien intentando no limitar sus posibilidades ni impedir su necesaria flexibilidad para adaptarse a las necesidades de las partes, del conflicto y los medios existentes.
    Se abre en la actualidad una importante posibilidad de implantación de la mediación en conflictos civiles y mercantiles, que no tiene por qué seguir la misma estructura que la mediación familiar:
    -Para la mediación civil y mercantil no es tan conveniente la comediación como lo es para el ámbito familiar
    -La mediación civil y mercantil puede darse incluso a través de medios telemáticos, que han de favorecerse
    -La mediación civil y mercantil puede tener una duración breve dependiendo de la complejidad del caso
    -En la mediación civil y mercantil los abogados de las partes, de haber, deben participar en la mediación
    -La preparación de los mediadores en el ámbito civil y mercantil no debe ser necesariamente tan extensa como la de los mediadores familiares.
    El legislador español, al trasponer la Directiva, debe emanar una ley sencilla, que mantenga y respete la flexibilidad de la que la mediación debe contar para que sea exitosa, y que contenga así los mínimos establecidos en la Directiva relativos a:
    -la definición de mediación de la Directiva
    -el objeto de la Directiva, ampliándolo a toda mediación relacionada con el Tribunal y a toda mediación voluntaria en todas las materias dispositivas, excluyéndose el ámbito penal.
    -las características del mediador (imparcialidad, obligación de confidencialidad, exclusión del juez competente)
    -las medidas relativas a interrupción de los plazos
    -la ejecutividad de los acuerdos a través de resolución judicial en cuestiones no dispositivas (familia) y a través de otros medios en cuestiones dispositivas como la fe del notario o de otros funcionarios.
    Por otra parte, ha de tenerse en cuenta que la mediación en el ámbito penal, en el que el principio de disposición se encuentra limitado a los ilícitos privados y algunos semipúblicos, debe regirse por otra normativa diversa a la de las cuestiones de derecho dispositivo, pues está inspirada e informada por otros principios. Únicamente los deberes del mediador pueden considerarse comunes.
    Al Estado y distintas Administraciones e Instituciones quedará una importante labor de promoción de los métodos alternativos de resolución de conflictos, haciendo conocer a la ciudadanía su existencia y conveniencia, garantizando la preparación de los mediadores y, sobre todo, la consecución de la colaboración de la Abogacía en la confrontación de los conflictos.
    DICENTE: LUZMARINA OCHOA

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  20. Diferencias entre conflicto genuino y conflicto innecesario
    Moore (1986) sugiere que hay dos tipos básicos de conflictos: innecesarios y genuinos. Los conflictos innecesarios tienen como raíz problemas de comunicación y percepción, mientras que los conflictos genuinos surgen de diferencias más concretas. Bajo la tipología de Moore, los conflictos de relación, valor y datos, por lo común son innecesarios y pueden desaparecer simplemente con una comunicación apropiada y clara, mientras que los conflictos por intereses y estructurales son genuinos y su resolución requerirá un esfuerzo a otro nivel.Qué fines persigue la mediación
    La Mediación es un mecanismo de solución alternativa de conflictos (MASC) que ayuda a resolver en forma pacífica diferentes tipos de conflictos.
    También se define como un sistema de negociación asistida, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial (el mediador), que actúa como conductor de la sesión, ayudando a las personas que participan en la mediación a encontrar una solución que sea satisfactoria para ambas partes. La mediación es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador. Experiencias como éstas se están llevando a cabo actualmente en algunos centros educativos y, más allá de la solución a los problemas interpersonales, lo que promueven es un modelo de convivencia más pacífico. La mediación es VOLUNTARIA, es CONFIDENCIAL, y está basada en el DIÁLOGO
    DICENTE:
    NOIBER FARIAS

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  21. El Conflicto
    Tradicionalmente la definición de conflicto ha sido vinculada a la noción de violencia, incompatibilidad,
    choque y otras acepciones negativas que sugieren el enfrentamiento entre dos personas. Sin
    embargo, es necesario señalar que esta creencia no es la más adecuada, es más asertivo hablar del conflicto como una situación en la que las personas o grupos sociales buscan o persiguen metas
    opuestas o afirman valores antagónicos, que no siempre se circunscribe a un ámbito negativo. El conflicto forma parte de las relaciones entre personas, debido a las diferencias de opiniones, expectativas, creencias, valores, deseos que a menudo existen.
    Por este motivo, aprender como afrontar los conflictos es muy importante para poder mantener relaciones sanas con los demás. La Cultura de Paz se define como el “conjunto de valores, actitudes, comportamientos, tradiciones,
    estilos de vidas basados en el respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y la práctica de la
    no violencia por medio de la Educación, el diálogo y la cooperación; el respeto pleno y la promoción
    de los Derechos Humanos y las Libertades fundamentales; el compromiso de la resolución pacífica
    de los conflictos…” (ONU, 1999). En este sentido, el Manifiesto Cultura de Paz (UNESCO, 2000)
    establece una serie de acciones dirigidas hacia el respeto a todas las formas de vida, el rechazo a la
    violencia, la liberación de la generosidad, el ejercicio de la escucha para comprenderse, la
    preservación del planeta y la reinvención de la solidaridad; todas ellas como prácticas que permiten la
    promoción de la paz y, por ende, el fortalecimiento de la cultura de paz.
    La resolución pacífica de conflictos encuentra soporte en los principios y acciones de la cultura de
    paz, ya que propician espacios para el manejo de diferencias a través de estrategias no violentas

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  22. La Resolución Pacífica de Conflictos implica la práctica de una serie de herramientas que permiten manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta. La sensibilización y formación de la comunidad, educadores, adolescentes y servidores públicos para el manejo de la mediación como estrategia pacífica para solventar conflictos, representa una alternativa para prevenir y controlar
    cualquier situación de conflicto(familiar, social, escolar, institucional, otros) que, de acuerdo al tratamiento otorgado, podría generar reacciones violentas, agresivas y dañinas para la convivencia ciudadana y el óptimo desarrollo psicosocial de niños, niñas, adolescentes y adultos; aunado al
    adecuado funcionamiento de las instituciones en general. La mediación comunitaria como técnica alternativa para la resolución de conflictos sociales es un proceso mediante el cual una o varias personas, intervienen como entes neutrales y objetivos en un conflicto que no lo afecta directamente.

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  23. La Resolución Pacífica de Conflictos implica la práctica de una serie de herramientas que permiten manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta. La sensibilización y formación de la comunidad, educadores, adolescentes y servidores públicos para el manejo de la mediación como estrategia pacífica para solventar conflictos, representa una alternativa para prevenir y controlar cualquier situación de conflicto(familiar, social, escolar, institucional, otros) que, de acuerdo al tratamiento otorgado, podría generar reacciones violentas, agresivas y dañinas para la convivencia ciudadana y el óptimo desarrollo psicosocial de niños, niñas, adolescentes y adultos; aunado al adecuado funcionamiento de las instituciones en general. La mediación comunitaria como técnica alternativa para la resolución de conflictos sociales es un proceso mediante el cual una o varias personas, intervienen como entes neutrales y objetivos en un conflicto que no lo afecta directamente.

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  24. Tradicionalmente la definición de conflicto ha sido vinculada a la noción de violencia, incompatibilidad, choque y otras acepciones negativas que sugieren el enfrentamiento entre dos personas.La definición de conflicto no es cerrada ni definitiva, ya que depende de algunas variables que podemos resumir en dos grupos: los que hacen referencia a situaciones estructurales (en donde juega un gran papel el tipo y naturaleza de poder); y los hacen referencia a las situaciones emocionales-afectivas (que incluyen actitudes, estereotipos y representaciones que se forman, así
    como la personalidad de los protagonistas). Asimismo, “dentro de un conflicto intervienen tres
    elementos, a saber: personas, procesos y el problema o diferencias, incluyendo la valoración que las
    personas hacen del conflicto y las alternativas de solución que proponen” (Lederach, 1995:95) las cuales pueden responder a solución pacífica (mediante la negociación, conciliación, mediación o arbitraje) o una solución violenta. Importante es destacar que para que exista un conflicto es imprescindible que las partes perciban ese estado conflictual,No obstante, se consideran aspectos comunes que facilitan la aparición de situaciones de conflicto, a saber: Aspectos Personales: en este grupo se ubican los sistemas de valores y las características de la personalidad que explican el temperamento, modo de ser y las diferencias individuales

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  25. RESOLUCIÓN DE CONFLICTO.
    Los conflictos son parte de nuestra vida y na gran fuente de aprendizaje, tener conflictos significa estar vivo y lo saludable es aprender a manejar los, principalmente porque algunos son inevitables.
    Lo que si es evitable son las consecuencias negativas de los mismos, todos tenemos recursos internos e innatos que nos dotan de capacidad para abordarlos, ( el ser humano sobrevive gracias a ellos ) si bien es cierto que las estrategias útiles "se aprenden".
    Si miramos a nuestro entorno quizás veamos que los adultos con lo que hemos crecido tampoco tienen estas habilidades siendo por eso probable que no ayeamos tenido un modelo adecuado que nos sirva. Las consecuencias de esto pueden ser: que no sepamos abordar las dificultades que surgen en las relaciones personales y de trabajo, debido a esto nos de miedo de dar opiniones, evitar discutir ..., o por otro lado no sepamos dar nuestra opinión sin imponerla ..., tenga dificultades para ceder y ponerte en lugar del otro...etc.
    A nivel global las herramientas necesarias para afrontar las diferencias con los otros serian: confiar en uno mismo y en los demás, lo que se traduce en creer que se puede hacer algo (ASERTIVIDAD) o lo que es lo mismo, conocimientos de las habilidades sociales eficaces y adecuadas para cubrir tus necesidades desde el respeto hacia ti mismo o hacia nosotros mismo.
    Las emociones básicas que se experimentan cuando se vive un conflicto son la rabia, la tristeza, y el miedo. Aveces de forma independiente y otras todas a la ves. El camino de la resolcion de conflictos no, es otra cosa que la expresión adecuada de estas emociones, la escucha de los demás y la búsquedas de alternativas validas para los miembros que experimentan el conflicto.
    PASO A SEGUIR PARA LA SOLUCIÓN DE UN CONFLICTO .
    En primer lugar.
    --Reconocer y aceptar las propias emociones .
    --Identificar y respetar las emociones de los demás.
    Este punto nos llevaría a reflexionar sobre cual de mis necesidades no se a satisfecho en una situación determinada y me a llevado a experimentar tristeza, miedo o rabia. Viendo a su vez que a los demás si se enfadan o duele también le sucede lo mismo, algunas de sus necesidades no se habrán cubierto: reconocimiento, atención, justicia...etc. El ser humano tenemos todos las mismas necesidades "no lo olvidemos".
    SEGUNDO PASO.
    Identificar los pensamientos que genero ante los problemas .
    --Yo tengo la culpa.
    --La culpa la tiene el otro.
    TERCER PASO.
    Dejar de buscar culpables y describir:
    -Expresar lo que yo he vivido.
    -Expresar como lo he interpretado.
    -Expresar como me he sentido.
    -Expresar que me hubiera gustado que pasara proponiendo cambios para el futuro.
    ESCUCHAR AL OTRO.
    -Lo que vivió.
    -Como lo interpreto sus intenciones reales.
    Como se sintió .
    -Que le hubiera gustado que sucediera y sus propuestas para el futuro.
    Probablemente esto me ayude a ver aspectos que no veía desde mi posición y postura y me ayuden a cambiar la interpretación de los hechos o por lo menos a ver otras, vertientes y con ellos a cambiar mi emoción y mi comportamiento.
    A la hora de hablar para resolver el conflicto, tengamos en cuenta lo siguiente.
    -Has una petición no una exigencia a la hora de cubrir tus necesidades..piensa que tienes respeto por el otro y empuja a la cooperación.
    -Has preguntas y sugerencias no acusaciones. con esto solo se consigue actitudes de ataques y defensa que impide llegar a soluciones.
    -No adivinar el pensamiento del otro pregúntale.
    -Habla de lo que el otro hiso, no de lo que es. El objetivo es cambiar conductas
    -Ofrece soluciones. Trata de llegar a un acuerdo.
    La resolución de los conflictos es la expresión de los medios por los cuales conflictos y controversia pueden solucionarse para muchos jóvenes conflicto es sinónimo de violencia. Pero la violencia, en realidad, es solo una de las numerosas respuestas posible en un conflicto entre ellas podemos mencionar:

    Dicente: Jose Ruiz
    C.I 14041277
    3era Cohorte

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  26. La Resolución Pacífica de Conflictos implica la práctica de una serie de herramientas que permiten manejar los conflictos de manera creativa, constructiva y no violenta. La sensibilización y formación de la comunidad, educadores, adolescentes y servidores públicos para el manejo de la mediación como estrategia pacífica para solventar conflictos, representa una alternativa para prevenir y controlar cualquier situación de conflicto(familiar, social, escolar, institucional, otros) que, de acuerdo al
    tratamiento otorgado, podría generar reacciones violentas, agresivas y dañinas para la convivencia ciudadana y el óptimo desarrollo psicosocial de niños, niñas, adolescentes y adultos; aunado al adecuado funcionamiento de las instituciones en general. La mediación comunitaria como técnica alternativa para la resolución de conflictos sociales es un proceso mediante el cual una o varias personas, intervienen como entes neutrales y objetivos en un conflicto que no lo afecta directamente

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  27. Es muy importante el manejo de los conflictos ya que con esto podemos evitar malentendidos a futuro. Al buen manejo de conflictos se le llama ser asertivo. Ser asertivo no es adoptar una actitud pasiva o agresiva es saber lidiar con ellos y resolverlos de la manera más óptima, esto nos ayuda a conseguir lo que queremos, a mejorar nuestras relaciones con las demás personas, a mejorar nuestros lazos afectivos, la mejor manera de resolverlos es pensar las cosas antes de hacerlas, saber cómo pedirlas, analizar la situación, no dejarse influir por miedo, enojo o algún sentimiento que pueda nublar nuestro juicio.Las personas por temor o por inseguridad no arreglan estos conflictos y después de un tiempo o inmediatamente eso presentara un problema debido a que la situación se complicara o se podría repetir y desgastar nuestras relaciones con los demás. Al igual que como lo aplicamos en la clase de comunicación al proponer la solución de un problema que nos dio la profesora y evaluar cual sería la mejor forma para resolverlo, sin que fuera agresiva o pasiva.

    DICENTE:ABRAHAN MENDOZA
    C.I. 14.219.573

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  28. Definición de MARCS:
    Son todos aquellos medios por los cuales se pretende dar solución a intereses contrapuestos.
    Clases:
    1.
    2. Negociación: No existe una tercera persona, el conflicto es resuelto por las partes.
    3. Mediación: Si existe un tercero, el mediador es un facilitador de la resolución de conflictos, ya que el mediador induce a las partes a resolver sus conflictos. No propone, excepto en cuestiones laborales.
    4. Conciliación: Se hace más fuerte la presencia del tercero. El tercero propone soluciones a los conflictos. Las propuestas conciliatorias sólo tendrán efecto vinculante si las disposiciones son voluntarias.
    5. Arbitraje: La presencia de un tercero es más grande, ya que se acata lo que el árbitro indica. El árbitro emite, lo que se llama "laudos arbitrales", las cuales son vinculantes para las partes. Tiene carácter de Cosa Juzgada.

    TEORÍA GENERAL DEL CONFLICTO
    GENERALIDADES

    Etimología del conflicto:
    Viene de la voz latina "conflictos" que deriva del verbo "confluyere" (combatir, luchar, pelear, etc.)
    Definición del conflicto:
    Circunstancia en la cual dos o más personas perciben tener intereses mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial contrapuestos y excluyentes, generando un contexto confrontativo de permanente oposición.
    Naturaleza del conflicto:
    Es de naturaleza humana, cuyos puntos en controversia para cada persona son distintos, ya que el ser humano es conflictivo.
    Valor positivo del conflicto:
    El conflicto debe ser visto como un desafío, como un proceso en la cual se alcanza nuevas posiciones para lograr las necesidades y objetivos.
    Nos permite hacer las cosas de una manera diferente en el futuro, superar nuestras relaciones personales y con los demás, debiendo considerarse desde un punto de vista constructivo como el resultado de diversidad de perspectivas.
    SURGIMIENTO DEL CONFLICTO

    FUENTES
    1. partes tiene una percepción distinta de la realidad "lo que es".
    2. Los hechos: El conflicto surge por un desacuerdo "sobre lo que es". Es decir, las
    3. Los recursos humanos: El conflicto proviene del desacuerdo sobre la "distribución" de ciertos recursos escasos.
    4. La necesidad: Desacuerdos relacionados "a qué debe satisfacerse o respetarse" para que cualquier persona o grupo social pueda desarrollarse plenamente.
    5. Los valores: Basados en las diferencias en cuanto a lo que "debería ser" como factor determinante de una decisión política, de una relación o de alguna otra fuente de conflicto.
    6. La relación: Surgimientos de desacuerdos y conflictos producto de emociones y percepciones negativas o equivocadas.
    7. La estructura: El conflicto surge por "el modo cómo se ha conformado la estructura" dentro de la cual interactúan los actores en conflicto, fomentando desigualdad, asimetría de poderes, falta de equidad,

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  29. ELEMENTOS DEL CONFLICTO

    I.
    II. En una situación conflictiva tenemos:
    1. Partes primarias o secundarias.
    2. Terceros o intermediarios.
    3. Objetivos que se manifiestan generalmente en posiciones
    4. Asuntos conflictivos.
    5. Intereses, necesidades y valores.
    III. SITUACIÓN CONFLICTIVA

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  30. D. COMPORTAMIENTOS CONFLICTIVOS
    ESTILOS DE MANEJO DEL CONFLICTO
    5. Se conduce a una estrategia de apartamiento, postergación, retraso, supresión de emociones, etc.
    6. Negar/ evitar (perder/perder): Desconocimiento a la existencia del conflicto, pero el conflicto no desaparece y generalmente suele crecer hasta el punto de convertirse en inmanejable. Este estilo puede hacer terminar a las partes en la mediocridad.
    Este estilo consiste en acceder, consentir, apoyar a la otra parte descuidando su propio interés.
    7. Complacer o suavizar (perder/ganar): No se reconoce el aspecto positivo de enfrentar el conflicto abiertamente, dejándose de lado las diferencias usando expresiones como: "no tiene importancia", "la buena gente no pelea", etc.
    La estrategia consiste en ser firme, persuadir, imponer consecuencias, citar políticas y normas, ser inaccesible. Su abuso puede hacer perder la cooperación, reprimir las iniciativas, etc.
    8. Competir o dominar (ganar/perder): Se intenta la solución recurriendo al poder como autoridad.
    Este estilo busca el punto medio, compartir las diferencias, hacer concesiones, lograr situaciones aceptadas mutuamente, etc. El abuso de este estilo puede motivar a no cumplir lo pactado o regateado (soluciona el síntoma mas no la enfermedad).
    9. Comprometerse o compartir (ganar algo/perder algo): Es un estilo intermedio respecto a los intereses de las partes. "Tú cedes un poco, yo también", conllevando a "transar".
    10. Integrar o colaborar (ganar/ganar): Se analiza de forma realista las diferencias en busca de solución. "Este es mi punto de vista, me interesa saber el tuyo", resolviendo el conflicto de intereses al 100%.
    ESTRATEGIAS PARA ENFRENTAR EL CONFLICTO
    11. Separar a las personas del conflicto: Lo esencial es tratar a las personas como tales y a los problema según su mérito. Se separa la relación de las personas, de lo sustancial, enfrentando directamente el problema.
    12. Concentrarse en intereses y no en posiciones:
     Intereses: Constituye la esencia del conflicto (deseos, inquietudes, emociones, etc.). Es lo que quieren las partes. Responde a la pregunta ¿por qué lo dice?
     Posiciones: Constituye los requerimientos, exigencias, demandas. Responde a la pregunta ¿qué dice?
    15. Idear soluciones de mutuo beneficio (que todos ganen): Es idear las soluciones que satisfagan las necesidades y ambiciones de las partes involucradas; para ello debe ampliar las opciones en vez de buscar una sola respuesta, buscar beneficios mutuos.
    16. Insistir que los criterios sean objetivos: Buscar acuerdos que además de satisfacer a las partes, deben ser viables; ayudar a las partes a la búsqueda de la mejor solución; explorar el MAAN (mejor alternativa de acuerdo negociado).
    GESTIONES DE SOLUCIÓN DE CONFLICTO
    17.
    . Confrontativa: "hay un ganador y un perdedor"
    i. Colaboradora: "Ambos ganan"
    ii. Evasiva: "Renuncia(n) a resolver el conflicto"
    18. Gestión por el resultado:
    . Autotutela: "Por legítima defensa" (no útil en la Conciliación)
    i. Autocompositiva: "La solución depende de las partes"
    ii. Heterocompositiva: "La solución depende de un tercero"
    19. Gestión por las personas que intervienen:
    NEGOCIACIÓN
    Etimología:
    La palabra Negociación proviene del latín "negotiatio" que significa acción y efecto de negociar.
    Concepto:
    Es un proceso encaminado a resolver problemas en la cual dos o más personas examinan voluntariamente sus discrepancias e intentan alcanzar una decisión conjunta sobre los que les afecta a ambos.
    Puede dar por resultado una transacción sin la ayuda de un tercero; es la concertación de voluntades de las partes.
    Proceso Cíclico:
    Implica el cambio repetitivo de información entre las partes, su evaluación y los resultantes ajustes de expectativas y preferencias.
    Objeto:
    La negociación es una institución que persigue establecer una relación más deseable para ambas partes a través del intercambio, trueque y

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  31. desperdician recursos y beneficios mutuos para las partes.
    MEDIACIÓN
    Generalidades:
    Mecanismo en el cual interviene un tercero que ayuda a las partes para arribar a una solución pero sin proponer fórmulas de solución. El papel del tercero, es mejorar la comunicación entre las partes para que estas precisen con claridad el conflicto, descubran sus intereses y generen opciones para hacer realizable un acuerdo satisfactorio.
    El mediador es una personal neutral que no tiene interés personal en el resultado por lo que la suspicacia y la desconfianza se reducen al mínimo.
    Gestión:
    29. Por el resultado; es colaboradora, porque "ambas partes ganan".
    30. Por las personas que intervienen; es autocompositiva, porque la solución "depende de las partes".
    Ventajas de la mediación:
    Entre las ventajas de la mediación que son muy parecidas a las que brinda la conciliación, tenemos: Permite a las partes inmersas hallar de manera directa la solución que aún no ha podido materializarse; el costo que es mucho menos que si se recurre al poder judicial,
    Formas:
    31. Empresarial: Se utiliza para solucionar problemas de productividad y de cooperación entre los empleados.
    32. Del personal: Por un especialista en personal, que naturalmente está adscrito al departamento de relaciones industriales.
    33. Marital: Forma separada de la mediación, ya que para intervenir en un caso como estos se necesita de una capacitación especializada.
    34. Amical: El mediador es un amigo de dos o más personas que tienen un conflicto.
    35. Comunitaria: Miembros de una comunidad sirven de mediadores entre otros miembros.
    36. Paternal: Cuando existe un conflicto entre los padres o progenitores y el hijo(s).
    CONCILIACIÓN
    GENERALIDADES
    Concepto:
    Es un medio alternativo y extrajudicial que evita que las partes tengan como única opción el proceso judicial, brindándoles la ventaja de encontrar una solución en forma rápida, eficaz y económica.
    Es un proceso de negociación asistida por un tercero denominado Conciliador, que ayuda a que las partes encuentren una solución consensual que satisfaga sus intereses; teniéndose en cuenta que la solución final siempre será de las mismas partes.
    Es un acto jurídico por medio del cual las partes buscan solucionar sus conflictos, con la ayuda de un tercero que da fórmulas o propuestas conciliatorias, dentro de una audiencia de conciliación, cuyos acuerdos será reflejado en una acta de conciliación.
    Con la calificación de "acto jurídico", el Reglamento de la Ley de Conciliación alude a su trascendencia por sus efectos legales, ya que el acuerdo equivale a un "título de ejecución"; por dicho título, cualquiera de las partes puede exigir, ante el órgano jurisdiccional correspondiente, el cumplimiento de lo convenido, siguiendo el proceso previsto por el art. 173 y sgts. del Código Procesal Civil.

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  32. Marco Legal:
     Ley Nº- 26872, "Ley de Conciliación", publicado el 13/11/97
     Ley Nº- 27218, "Ley que prorroga la obligatoriedad de la Ley 26872", publicado el 12/12/99
     Ley Nº- 27398 ? modificatorias -, publicado el 13/01/01
     D.S. Nº- 001-98-JUS, "Reglamento de la Ley de Conciliación", publicado el 14/01/98.
    Características:
    43. Consensual: Las partes adoptan libre y voluntariamente sus acuerdos bajo el principio de la autonomía de la voluntad (art. 3 de la ley).
    44. Voluntario: Las partes deben participar libremente en la audiencia de conciliación. - Debe ser obligatorio para que se cumpla ?.
    45. Actuación de un tercero: La partes tienen la facultad de elegir el Centro de Conciliación o Juzgado de Paz en donde acudirán a resolver su conflicto, el cual a su vez designará al conciliador capacitado en la materia a conciliar. (art. 7 de la ley).
    46. Informalidad: La conciliación es un procedimiento flexible e informal, lo cual hace que se desarrolle en forma ágil y en un clima de confianza; respetando ciertas normas de conductas establecidas por el conciliador, todo ello dentro de los principios establecidos en la ley (art. 2 de la ley).
    47. Privacidad: Supone "que sólo las partes" directamente involucradas en el conflicto, además del conciliador, podrán participar en la audiencia de conciliación, sin embargo, existe la posibilidad de que las partes concurran acompañadas por personas de su confianza, sean letradas o no, quedando en facultad del conciliador y de las partes aceptar la presencia de éstos últimos (art. 17 del regl.)
    48. Confidencialidad: Supone que toda "información" expuesta ante el conciliador y las mismas partes se mantendrá en absoluta reserva (art. 8 de la ley)
    PRINCIPIOS
    49.
    . Equidad: Supone que el acuerdo conciliatorio debe ser "sentido como justo" por las partes.
    a. Neutralidad: Supone la no existencia de vínculo alguno entre el conciliador y una de las partes que solicita sus servicios.
    b. Imparcialidad: Exige que el conciliador debe mantener una postura libre sin perjuicios o favoritismos a través de acciones o palabras.
    c. Confidencialidad: Supone que el conciliador y las partes deberán guardar absoluta reserva de lo sostenido en la audiencia de conciliación, salvo conocimiento de la realización de un delito, en cuyo caso se deberá poner en conocimiento de la autoridad competente.
    d. Empoderamiento o simetría de poder: A pesar de no estar contemplado en la Ley ni en el Reglamento, es importante tomar en consideración el principio de la simetría de poder. Uno de los temas más críticos en la conciliación, es la situación en la cual una de las partes tiene más poder que la otra y ambas saben de esta situación. Esto exige que el conciliador ante el evidente desequilibrio de condiciones, cree mecanismos para que las partes en conflicto sientan que participan en iguales términos en la discusión, expresen sus intereses y necesidades que influyen en la toma de decisiones, presenten alternativas, evalúen las consecuencias de las posibles soluciones y participen en el logro de la solución.

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  33. LÍMITES A QUE SE SOMETE LA CONCILIACIÓN
    68. Las normas de derecho imperativo.
    69. La moral (valoración de nuestros propios actos).
    70. La ética (exigencias de comportamientos que proviene del exterior).
    71. Las buenas costumbres (comportamiento exigible en un ámbito territorial).
    72. Los intereses superior del niño > en casos de familia).
    AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN

    QUIENES PUEDEN CONCILIAR
    73. Los Jueces de Paz No Letrados.
    74. Conciliadores extrajudiciales.
    75. Las Defensorías del Niño y Adolescentes.
    76. Los Jueces de Paz Letrados.*
    77. Juzgados de Familia.*
    * Tienen la facultad de conciliar procesalmente, dentro de un proceso ya iniciado.
    SOBRE LOS CONCILIADORES
    Concepto:
    Es una persona capacitada acreditada por el Ministerio de Justicia, cuya función es restablecer la comunicación entre las partes, determinar el problema, aportar sugerencias y fórmulas conciliatorias no obligatorias que conllevan a la solución del mismo.
    Requisitos: Art. 22 de la Ley, arts. 30-37 del D.S. Nº001-98-JUS.
    78. Mayoría de edad.
    79. Haber sido capacitado en técnicas de conciliación, negociación y MARCS. Para lo cual, después de haber llevado un curso de 60 horas lectivas como mínimo, deberá aprobar una evaluación teórica y tres evaluaciones prácticas (audiencias simuladas de conciliación) en el Ministerio Público o en una institución acreditada para capacitar; además 08 hrs. adicionales sobre estructura del Estado, principios generales del derecho y sistema judicial peruano, para las personas que no tengan formación legal superior.
    80. Estar acreditado como conciliador extrajudicial por el Ministerio de Justicia; para lo cual se extenderá una resolución por la Secretaría Técnica de Conciliación (STC) y posteriormente se extenderá una diploma que reconoce como tal, firmado por el Ministro o Viceministro de Justicia.
    81. Probada trayectoria ética y moral; suplida por los antecedentes penales y judiciales.
    82. Para acreditarse como conciliador en materia de familia o laboral, deberá aprobarse un curso de especialización autorizado por la STC, con un mínimo de 40hrs. lectivas y una fase de afianzamiento práctico.
    Perfil del conciliador:
    83. Neutral.
    84. Motivador.
    85. Comunicador.
    86. Creativo.
    87. Negociador.
    88. Estratégico.
    89. Tolerante.
    Funciones:
    90. Facilitar la comunicación entre las partes.
    91. Eventualmente proponer fórmulas conciliatorias no obligatorias.
    Sanciones:
    92. Amonestación escrita.
    93. Multa.
    94. Suspensión de 01 a 06 meses.
    95. Inhabilitación permanente.
    CENTROS DE CONCILIACIÓN
    Concepto:
    Institución privada o pública aprobada por Resolución Ministerial (Ministerio de Justicia), realizando las audiencias de conciliación a pedido de la persona natural o jurídica que se encuentra dentro de un conflicto atendible por la Ley de Conciliación Extrajudicial.
    Sobre las actas de conciliación:
    96. Legalidad: Supervisada por un abogado.
    97. Registro de actas: El centro llevará un registro de actas, de las cuales se expedirá copias certificadas a solicitud de las partes.
    98. Información estadística: Los centros deben semestralmente elaborar resultados estadísticos de su institución, las cuales deben remitirse al Ministerio de Justicia; su incumplimiento se interpretará como falta al principio de veracidad.
    Requisitos para su autorización: Art. 43 y sgts. D.S.Nº 001-98-JUS.
    99. Certificado de inscripción de la persona jurídica en los registros

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  34. ACUERDO CONCILIATORIO
    Junta Nacional de Centros de Conciliación:
    Es una persona Jurídica de derecho privado, constituido el 21 de Marzo del 2000, cuyas funciones son: Integrar a los centros de Conciliación Extrajudicial; coordinar las acciones de los centros a nivel nacional; promover la eficiencia de los centros; difundir la conciliación y coordinar con el Ministerio de Justicia los asuntos de aplicación de la Ley de Conciliación.
    106. Total: Cuando las partes se han puesto de acuerdo respecto de todos los puntos relativos a su conflicto de intereses y señalado en la solicitud de conciliación y en el proceso conciliatorio.
    107. Parcial: Cuando no se ha resuelto todos los puntos relativos a su conflicto.
    FALTA DE ACUERDO CONCILIATORIO
    108. Por inasistencia de ambas partes
    109. Por inasistencia de una de las partes (dos consecutivas o alternas)
    110. Por desconocimiento del domicilio del demandado.
    TÉCNICAS DE CONCILIACIÓN
    Concepto:
    Son técnicas las habilidades, destrezas, resultados de experiencias, herramientas, métodos y formas que asisten al conciliador para la conducción del proceso de conciliación; se debe tener en cuenta:
     Usan el conocimiento de otras disciplinas.
     Dependen del estilo de cada conciliador.
     No son "recetas" ni "manualidades".
     Se deben aplicar creativamente.
    Tipos de técnicas de conciliación:
    115. Elemento fundamental que está referido al caudal, forma y calidad de lo que se comunica y que influye en el resultado de la Conciliación.

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  35. EL ARBITRAJE
    Concepto:
    Método de resolver extrajudicialmente controversias en virtud del cual las partes acuerdan (convenio arbitral) someter la solución de determinados conflictos que hayan surgido o puedan surgir entre ellos respecto de una determinada relación jurídica, a la decisión (laudo arbitral) de uno o varios terceros (árbitros) ajeno(s) a las partes y no integrado en un órgano judicial estatal. El arbitraje puede ser voluntario (las partes acuerdan libremente someterse al arbitraje) u obligatorio (las partes están obligadas por el imperio de las normas legales en determinadas circunstancias).
    Sistema de solución de conflictos en que la voluntad de las partes, se somete a la voluntad de un tercero.
    Con este mecanismo, un tercero denominado árbitro, tiene facultades propias de un juzgador; en tal sentido, puede actuar y valorar las pruebas que les permita arribar a una decisión final.
    Gestión:
    25. Por el resultado; es confrontativa, porque "hay un ganador y un perdedor".
    26. Por las personas que intervienen; es heterocompositiva, porque la solución "depende de un tercero".
    Formas de arbitraje según el ámbito a desarrollarse:
    27. Nacional: La partes domicilian en el Perú; sede en Perú y cumplimiento en el Perú.
    28. Internacional: Una o ambas partes pueden domiciliar en el Perú; sede en el Perú y su cumplimiento dentro o fuera del Perú.
    29. Extranjero: Pueden o no vivir en el Perú; sede fuera del Perú y su cumplimiento dentro o fuera del Perú.
    Tipos de Arbitraje (*):
    30. De Hecho o de "facto": Cuando los interesados no están de acuerdo en la forma y manera como se produjeron los hechos.
    31. De Derecho o de "iuris": Cundo las partes no están de acuerdo a la ley o norma que debe aplicarse para resolver su conflicto.
    32. Institucional: Cuando las partes se someten a los estatutos y reglamentos de un centro de arbitraje privado.
    33. Ad Hoc: Cuando las partes eligen una terna de árbitros escogidos libremente.
    Clases de árbitros: (Art. 3 y 25)
    34.
    35. De Derecho: Cuando los árbitros son abogados, quienes resolverán la cuestión controvertida con arreglo al derecho aplicable.
    36. De Conciencia: Los árbitros no son abogados; son personas naturales mayores de edad, que no tiene incompatibilidad para actuar como árbitros, encontrándose en pleno ejercicio de sus derechos civiles; resolviendo conforme a sus conocimientos y leal saber y entender.
    Materias sometidas a arbitraje: (Art. 1)
    Pueden someterse a arbitraje las controversias determinadas o determinables (art. 9 de la Ley 26872) sobre las cuales las partes tienen facultad de libre disposición, así como aquellas relativas a materia ambiental pudiendo extinguirse respecto de ellas el proceso judicial existente o evitando el que podría promoverse.
    Materias no sujetas a arbitraje: (Art. 1, 2do Pfo.)
    37. Las que versan sobre el estado o la capacidad civil de las personas, ni las relativas a bienes o derechos de incapaces sin la previa autorización judicial.
    38. Aquellas sobre las que ha recaído resolución judicial firme, salvo las consecuencias patrimoniales que surjan de su ejecución.
    39. Las que interesan al orden público o que versan sobre delitos o faltas. Sin embargo, si podrá arbitrarse sobre la cuantía de la responsabilidad civil, en cuanto ella no hubiera sido fijada por resolución judicial firme.
    40. Las directamente concernientes a las atribuciones o funciones de imperio del Estado, o de personas o entidades de derecho público.
    ___________________
    (*) Clasificación señalada por José Albán Ramos (ver referencia bibliográfica).
    Ventajas y Características del Arbitraje:
    1)Al igual que la conciliación es un proceso voluntario al cual se someten las partes.
    2)El arbitraje es igualmente confidencial, los asuntos tratados en la audiencia de arbitraje son reservados.
    3)A diferencia de un proceso judicial el arbitraje es rápido sin perdidas de tiempo ni dinero.
    Proceso arbitral:

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  36. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE
    CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN Y ARBITRAJE
    78. Conciliación y Mediación:
     Etimológicamente, la voz conciliación proviene del latín "conciliare", que significa componer y ajustar los ánimos de los que están opuestos entre sí, ponerlos en paz. La palabra mediación, proviene del latín "mediare", que significa interponerse.
     Tanto en la conciliación como en la mediación connotan la existencia de un tercero que interviene en un conflicto asumiendo roles distintos. Mientras que el conciliador eventualmente propone fórmulas de solución no obligatorias que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo; el mediador no tiene facultad para proponer opciones de solución al conflicto, sólo es un facilitador de la comunicación y evita mayor conflictividad entre ellas.
    81. Conciliación y Arbitraje:
     La conciliación se diferencia del arbitraje en que el árbitro no propone ni sugiere, resuelve; lo hace vía un lado que las partes están en deber de acatar.
     Los árbitros son competentes para promover conciliación en todo momento y de darse la conciliación ésta trae consigo la conclusión del proceso.
     La conciliación es obligatoria en cuatro (04) provincias judiciales: Arequipa, Trujillo, Lima y en el Callao; en los demás distritos es facultativo. Mientras que el arbitraje puede ser voluntario (si las partes acuerdan libremente someterse a arbitraje) u obligatorio (cuando las partes están obligadas por el imperio de las normas legales en determinadas circunstancias)

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  37. Docente:Abg. Dilcia Carrasquel
    Dicente:Richard Silva
    MEDIACIÓN
    Partiendo del hecho de que las personas entran en conflicto cuando dos o más valores, perspectivas u opiniones son contradictorias por naturaleza, o no pueden ser reconciliadas entre ellas, esta controversia hace presumir la existencia de múltiples razones que le dan sentido al conflicto, entre las que se pueden mencionar: a) una co¬municación pobre, b) el ejercicio inadecuado de poder, c) la insatisfacción con el estilo de liderazgo desarrollado, d) cambios en la forma de hacer las cosas y e) desconfianza en la gente. De allí que sea necesario llegar a la mediación, la cual es entendida como un proceso social entre dos o más sujetos que, en razón de sus diferencias, solicitan la asistencia de un tercero, quien está capacitado y entrenado en el empleo de técnicas específicas, ayuda a dichos sujetos a la identificación objetiva, justa y sincera del problema, a la minimización de las posturas y del ejercicio de poder, así como también a la creación de opciones para que ambos lleguen a una solución aceptable y, con ello, poner los acuerdos por escrito.
    LA NEGOCIACIÓN
    Es aquel medio de resolución de conflictos mediante el cual los sujetos sociales, en su acción comunicativa dialógica, se sientan a conversar acerca de la situación que generó el conflicto y lo resuelven asumiendo los beneficios y las oportunidades que representa entrar en acuerdos que conducen, al otorgarse desde el respeto y la inclusión participativa, mutuas concesiones, sin necesidad de la intervención de un mediador.
    Transformación del conflicto vs. Resolución del conflicto
    La transformación de conflictos, a diferencia de la resolución de conflictos, pone el énfasis sobre la cuestión de cambio, no exclusivamente una solución puntual y pasajera de la situación; ya que no se puede resolver un problema sin cambiar nada. Lo que busca la transformación es resolver el problema y cambiar lo que lo genera.
    Como dice V.M. Guzmán
    La terminología parecía dar la impresión de que el conflicto era algo no deseable que debía ser eliminado o, al menos, reducido. Las críticas preguntaban si realmente podemos resolver un conflicto, o si su «resolución» es, en muchos casos, un objetivo deseable.
    La transformación del conflicto está más relacionada con los procesos de pacificación, y a que no sólo interesa eliminar o controlar el conflicto, si no describir, entender y cambiar las causas que lo generan.
    Éste enfoque plantea tres niveles y una forma de trabajo. Los tres niveles de trabajo:
    • La base, donde se encuentra la comunidad.
    • El centro, líderes destacados pero de talla mediana.
    • La cima, líderes y jefes políticos.
    Tomando como punto de partida una visión interdependiente se trata de actuar horizontalmente (en cada nivel) y también verticalmente (relacionando los tres niveles). Así se logra la integración horizontal y vertical. Se propicia así la prevención y el cambio social.
    Perspectiva de resolución Perspectiva de Transformación de Conflictos
    La pregunta clave ¿Cómo terminamos algo no deseado? ¿Cómo poner fin a algo destructivo y construir algo deseado?
    El enfoque . Centrado en el contenido Centrado en la relación
    El propósito Lograr un acuerdo y una solución al problema que ha producido la crisis. Promover procesos de cambio constructivo, que incluye - pero no exclusivamente - las soluciones inmediatas.
    El desarrollo del proceso Integrado y construido en torno a la inmediatez de la relación en la que aparecen los problemas presentados. Se ocupa de responder a los síntomas y compromisos de participación de los sistemas de relaciones dentro de la cual forman parte
    Duración Corto plazo. Medio y largo plazo.
    Vista de los conflictos Se prevé la inminente escalada conflictual. Se prevé el conflicto como una dinámica de reflujo (conflicto de distensión por buscar el cambio constructivo) y el flujo (la escalada conflictual para buscar el cambio constructivo).

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  38. EL conflicto: Es definido como los desacuerdos o diferencias que existen entre dos o mas personas que pueden generar actos de violencia.En el contexto policial, (LOSPCPNB) PREVE EN EL ARTICULO 34, que las organizaciones policiales deben propender a la solucion de conflictos a traves de la mediacion. La mediacion es una herramienta utilizada para resolver un conflicto entre partes para mantener un equilibrio donde las personas afectadas por dicho conflicto salgan beneficiadas. El funcionario policial siempre fue visto como un organismo represivo, mas sin embargo el nuevo modelo policial permite un acercamiento directo dentro de la sociedad. El funcionario y la funcionaria deben facilitar la solucion de un conflicto dentro y fuera del servicio sin violencia.
    GUERRERO JOSE LUIS. C.I.11.757.602

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  39. la resolución de conflictos desde los miembros de las comunidades (entendida como un
    espacio físico o virtual donde conviven familias o grupos de personas) permite la promoción de la
    participación en lo local. Favorece la permanencia y continuidad de los programas y/o proyectos,
    permite tener beneficios recíprocos (de ambas partes), favorece la consolidación de los grupos Por este motivo, aprender como afrontar los conflictos es muy importante para poder mantener relaciones sanas con los demás.
    El conflicto surge cuando las necesidades de una persona no se esta satisfaciendo debido a que otra persona lo impide generalmente porque sus necesidades están en contradicción con las del otro.DISCENTE.CARLOS LINARES C.I 10.624.947

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  40. RESOLUCION DE CONFLICTO
    PROBLEMA: Un problema es un determinado asunto o una cuestión que requiere de una solución. A nivel social, se trata de alguna situación en concreto que, en el momento en que se logra solucionar, se debe escuchar al interlocutor para obtener más información, y hacer preguntas, aclarando así cualquier duda.
    Conflicto
    El conflicto humano es una situación en que dos o más individuos con intereses contrapuestos entran en confrontación, oposición o emprenden acciones mutuamente antagonistas, con el objetivo de neutralizar, dañar o eliminar a la parte rival, incluso cuando tal confrontación sea verbal, para lograr así la consecución de los objetivos que motivaron dicha confrontación. Por su condición a menudo extrema o por lo menos confrontacional en relación a objetivos considerados de importancia o incluso urgencia (valores, estatus, poder, recursos escasos) el conflicto genera problemas, tanto a los directamente envueltos, como a otras personas.
    Conflicto entre individuos
    Se han avanzado muchas teorías acerca del origen de este (conflicto). Últimamente se puede alegar que el hombre es un animal social, y, por lo tanto, que responde a las tendencias tanto de competición como cooperación que se observan en animales sociales. Así se aduce que hay motivos últimamente biológicos o psicológicos para la agresividad.
    Desde este punto de vista la idea más básica, desde la que habría que partir para resolver un conflicto social de manera adecuada, es que el conflicto empieza con una emoción desbordada.
    Otras visiones aducen que si bien podría haber tales causas inherentes o innatas, no es menos cierto que a menudo tal conflicto o violencia se expresa ya sea en formas socialmente permitidas o aceptadas o tiene como meta objetivos que son socialmente valuables. Como mínimo, el conflicto se expresa en un acto ejercido en relación con otros. espectro que, en la interacción e interrelación humana, va desde situaciones y cuestiones aparentemente simples y sin problemas de consecuencias dolorosas para las partes, hasta situaciones complejas, peligrosas y violentas. Desde este punto de vista se aduce que La convivencia social es considerada una mina abundante de conflictos, donde la fuente más abundante de molestia son los demás. Para Lewis A. Coser un conflicto es social cuando transciende lo individual y procede de la propia estructura de la sociedad.1
    Dos aspectos centrales de los estudios del conflicto social se refieren al origen y la función social de los conflictos. Así, por ejemplo, para Ralf Dahrendorf, el conflicto es un hecho social universal y necesario que se resuelve en el cambio social.
    De mayor importancia para estos estudios son consideraciones acerca del papel que tanto el consenso como la coacción y el control social juegan en la sociedad ya sea en general como en el desarrollo y resolución de los conflictos.

    DISCENTE: ANGEL RODRIGUEZ
    CI: V-16.528.157

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