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jueves, 14 de noviembre de 2013

Investigación Penal TSU III Cohorte

Investigación Penal

Profa. Marianela Suárez


Tema 1. Investigación Penal.


Tema 2. Criminalística.


Tema 3. Protección del sitio de suceso.


Tema 4. Actas policiales.









Ética y Seguridad Ciudadana TSU III Cohorte

Ética y Seguridad Ciudadana

Prof. Aristóbulo Carreño


Se les recuerda a los discentes que deben hacer solo 1 comentario por seminario; es decir que en total son 4. evitemos la congestión de la pagina. 

  

Historia de la Seguridad TSU III Cohorte

Historia de la Seguridad

Prof. Gonzalo Bohórquez

Tema 1: Procesos históricos que dieron origen a las formas actuales de concebir la seguridad.

Tema 2: La seguridad en Venezuela hasta el año 1999.

Tema 3: La Seguridad Ciudadana en marco de la Constitución de 1999.

Tema 4: Origen y evolución de las políticas públicas de seguridad ciudadana en Venezuela.

Seguridad Vial TSU III Cohorte

Seguridad Vial

Prof. Otoniel Incapié Balajo

Tema 1. Educación, prevención y seguridad.

Tema 2. Legislación vial.

Tema 3. Dispositivos para el control.

Tema 4. Levantamiento de accidentes de transporte terrestre.







Vigilancia y Patrullaje TSU III Cohorte

Vigilancia y Patrullaje

Prof. Elvis Sifontes


Tema 1. Documentos de uso frecuente en Venezuela

Documentos legales: de uso frecuente en Venezuela Actas de nacimiento (Artículo 93. Ley Orgánica de Registro Civil Gaceta Oficial Nº 39.264 del 15 de septiembre de 2009). Todas las actas de nacimiento, además de las características generales, deben contener: 1. Día, mes, año, hora e identificación del establecimiento de salud pública o privado, casa o lugar en que acaeció el nacimiento. 2. Identificación del certificado médico de nacimiento, número, fecha y autoridad que lo expide. 3. Número único de identidad del presentado o presentada. 4. Nombres y apellidos del presentado o presentada. 5. Sexo. 6. Circunstancias especiales del nacimiento, en el caso de que existan. 7. La expresión “hijo de” o “hija de”. 8. Nombres, apellidos, número único de identidad, nacionalidad, edad, profesión y residencia del padre y de la madre; nombres, apellidos, número único de identidad, nacionalidad, edad, profesión y residencia de las personas que comparezcan al acto, ya sean declarantes o testigos. 9. En los casos de pueblos y comunidades indígenas, el lugar donde residen según sus costumbres y tradiciones ancestrales. 10. Firmas del registrador o registradora civil, declarantes y testigos. Toda acta de nacimiento expresará los datos de identidad de los progenitores biológicos, omitiendo el estado civil de los mismos. El Consejo Nacional Electoral establecerá mediante resolución los requisitos exigidos para la identificación de los y las declarantes que no posean documentos de identidad. La cédula de identidad en Venezuela Venezuela fue el primer país latinoamericano en expedir un documento de identidad nacional. Este documento de identidad es procesado actualmente por el Servicio Administrativo de identifi-cación, Migración y Extranjería (SAIME) (antes Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), primeramente llamada DIEX), organismo dependiente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. 
La cédula venezolana, por tratarse de un documento de vital importancia para cualquier ciudadano/a, el gobierno nacional inicia un plan de cedulación a lo largo de todo el país (Misión Identidad) y crea un sistema automatizado en donde estos documentos se imprimen en com-putadoras y en menos de 5 minutos. Esto se traduce en grandes avances en el proceso de cedulación para toda la población.

Las características técnicas de la cédula de identidad de Venezuela son: tamaño: 57 x 83 mm; en la parte superior y en todo lo ancho de la cédula está impreso el tricolor nacional con cuatro franjas: amarilla, azul, roja y blanca. Dentro de la franja azul, en letras blancas, aparece el texto «República Bolivariana de Venezuela» y en la franja blanca con letras negras aparece el texto «Cédula de Identidad». A lo ancho, y debajo del tricolor nacional, aparece el número de la serie de la cédula. En el extremo superior derecho, el número de la oficina expedidora y, debajo de esta, la firma del director general del SAIME, así como su nombre y cargo. Debajo de la firma del director general del Saime está impresa la fotografía de la persona cedulada. En el lado izquierdo aparecen los datos del cedulado, incluyendo su firma, y debajo de esta la huella digital del pulgar derecho.

Pasaporte Es el documento expedido por el país de origen a toda ciudadana o ciudadano que necesite salir de su país y entrar a otro. El pasaporte es al mismo tiempo un documento de identificación y autorización, nos identifica cuando estamos en otros países donde nuestra cédula de identidad no es válida y nos autoriza tanto a salir del país como entrar a otros donde nos hayan otorgado una visa. 

Visa Es un permiso otorgado por un país extranjero para que una ciudadana y/o un ciudadano puedan ir a ese país a visitarlo o a residir. Según el fin, existen distintos tipos de visas que responden a la necesidad de la ciudadana o el ciudadano en cuestión. 

Tipos de visas 

Turistas (T-1). Las solicitudes deberán ser introducidas ante las Oficinas Consulares de Embajadas y Oficinas Consulares Ad-honorem en el exterior o ante el SAIME en el país. Los solicitantes recibirán constancia de la fecha de recibo de la solicitud expedida por la autoridad correspondiente. Puede ser estampada en el pasaporte del extranjero o en una tarjeta de turismo. En estos casos, se supone que la persona ingresa al país con fines exclusivos de recreo. Es cambiable, no da derecho a cedulación. 

Transeúntes (SIMPLE) (TR2). La autorización de este tipo de visa será de la competencia del SAIME. Sin embargo, los funcionarios consulares podrán otorgar la Visa ordinaria de Transeúnte al cónyuge e hijos menores de 18 años de ciudadanos venezolanos, y a un empleado/a del servicio doméstico de Funcionarios Diplomáticos y Consulares de la República, cuando estos sean trasladados definitivamente al país. Es prorrogable y cambiable. Tiene una validez de un (1) año y da derecho a cedulación.

Transeúnte de negocios (TR-3). Será otorgada a los extranjeros que se trasladen a Venezuela para realizar actividades comerciales, mercantiles, de asesoría técnica, científica o cultural. Tiene una validez de un (1) año y no da derecho a cedulación, es improrrogable. 

Transeúnte estudiante (TR-4). Otorgada hasta por un (1) año a los extranjeros que requieran trasladarse al país con motivo de realizar estudios de pregrado (nivel técnico universitario), postgrado y cualquier otro tipo de adiestramiento. Es prorrogable y da derecho a cédula. 

Transeúnte laboral (TR-5). La empresa o persona interesada en contratar los servicios de extranjeros deberán formular la solicitud del caso ante la ONIDEX. Tiene una vigencia de un (1) año, es prorrogable y el beneficiario podrá obtener la cédula de identidad. 

Visa de tránsito (T-6). Concedida por los funcionarios consulares y las autoridades nacionales de la Dirección de Migración y Fronteras en los Puertos, Aeropuertos y Puestos Fronterizos de Venezuela, por un lapso de sesenta y dos (72) horas, a los pasajeros y tránsito a un tercer país, y a los marinos y pilotos de mares y aeronaves en general. No es prorrogable y no da derecho a cédula de identidad. Visa empresarial + EL NÚMERO DE LA VISA. Otorgada a ciudadanos colombianos, bolivianos, chinos –entre otros– que requieren trasladarse al país con fines de realizar actividades empresariales. Tiene una duración de tres (3) años. Inmigrantes + EL NÚMERO DE VISA. Las personas que la requieran en las oficinas consulares venezolanas podrán obtenerla previo cumplimiento de requisitos de la Comisión Presidencial para la Inmigración Selectiva (COPRISE). Este tipo de visa da derecho a cedulación.

Vamos a Realizar participaciones para ir ampliando los contenidos y puntos de las clases realizadas recordar que es una educación para aprender y transformar.

Tema 2. Instalaciones policiales. 

INSTALACIÓN POLICIAL: Son aquellas estructuras en las que funcionan los cuerpos de policía y que cuentan con condiciones acordes para el desarrollo o la prestación del servicio de policía, facilitando el desenvolvimiento de las funcionarias, los funcionarios y el público en general. 

Se realizara una maqueta de la institución policial. pronto se publicare la fecha de entrega de la misma.

Tema 3. Comunicaciones policiales.

 

 

 

 

 

 

 

 

Tema 4. Vigilancia y patrullaje como una acción estratégica para el desempeño policial.

         Comunicaciones policiales.

             La policía como institución encargada de la seguridad social desarrolla su comunicación de acuerdo con sus necesidades y para el buen logro de su cometido. Los medios de comunicación en la policía constituyen uno de los elementos básicos para el cumplimiento de su función, de ahí la importancia y la necesidad de la existencia de estas en la institución. La policía utiliza los medios de comunicación alámbricos e inalámbricos. Mediante estos medios se realizan los enlaces permanentes y oportunos que permiten que se multiplique la eficacia de los servicios en la prevención de los delitos. Mediante los medios de comunicación policial, todas las órdenes impartidas, sea cual fuere la distancia, pueden llegarle al personal afectado. De esta forma, puede estar informado y listo para dar cumplimiento cabal a las órdenes.

            Claves policiales Las claves son el conjunto de palabras o códigos secretos conformados por signos y caracteres que permiten que la comunicación sea fluida, concreta y secreta. Las claves policiales cuentan con determinadas características que las hacen seguras. Por lo tanto, la clave policial es una codificación que está integrada por caracteres alfanuméricos, con la cual los funcionarios y el puesto de mando mantendrán comunicados. Es de considerar que las claves policiales deben ser sustituidas o cambiadas cada cinco años, para preservar la confidencialidad de las comunicaciones policiales y, en consecuencia, de las operaciones. Protocolos de comunicación Unificar los procedimientos de comunicaciones dentro de los cuerpos policía, en conjunto con los elementos tecnológicos necesarios, permitirá operar de una manera más segura a las funcionarias y los funcionarios policiales, quienes prestarán un excelente servicio y una rápida y efectiva respuesta para momentos de emergencia y demandas del servicio, con miras a que el ejercicio de la función policial sea eficiente, eficaz y cuente con el apoyo y la confianza de la comunidad, contribuyendo así a que mejoren los niveles de seguridad, la detección y atención de los diferentes situaciones que aquejan a la comunidad. Todo esto redundará en una mayor tranquilidad en la ciudadanía que diariamente acude a su sitio de trabajo, de estudios, a su domicilio y, en fin, permitirá que estos puedan ejercer sus derechos y deberes libremente con la protección del Estado, tal como lo obliga nuestra carta magna. Objetivos Entre los objetivos que se persiguen con el protocolo de comunicación empleado en los cuerpos de policía están:  Obtener y aplicar enlaces comunicacionales directos vía radio frecuencia entre los distintos grupos, divisiones, secciones o cualquier otro equipo de trabajo a formarse dentro de la estructura organizacional de los cuerpo de policía, que permita resultados apegados a derecho de los distintos procedimientos policiales que se puedan realizar. Obtener y aplicar enlaces comunicacionales directos vía radio frecuencia entre los cuerpos de policía y los distintos organismos de seguridad ciudadana, e inclusive cuerpos de seguridad extranjeros, si fuera el caso.  Emplear códigos y/o claves específicas que permitan tener un mayor y mejor ordenamiento en la comunicación vía radio frecuencia a fin de que esta, a su vez, sea más fluida, respetuosa y profesional.  Permitir la celeridad del proceso comunicativo entre la central de comunicaciones, las funcionarias, los funcionarios y/o grupo de estos, debido a la utilización de las claves o códigos específicos que se utilizan.  Operar utilizando un método definido por el cual se rige la comunicación vía radio frecuencia y que debe ser respetado, independientemente de la jerarquía o rango que tenga la funcionaria, el funcionario y/o grupo de estos, a excepción de que exista una emergencia policial y dicho método tenga que ser obviado en el momento.  Garantizar que el método utilizado en la comunicación vía radio frecuencia sea eficiente y eficaz, de tal manera que permita un completo desenvolvimiento del procedimiento policial y con resultados acordes a la demanda del mismo.  Garantizar que la funcionaria, el funcionario o grupo de estos sientan la necesidad de mejorar su vocabulario y la vocalización de las palabras, claves y/o códigos que emplee durante la comunicación vía radio frecuencia. De esta forma, será explícito y cooperará en todo momento en el completo entendimiento del mensaje cundo lo esté transmitiendo.

         El proceso de comunicación policial

       El proceso de comunicación debe estar basado en un sistema receptor y transmisor de datos bajo una rectoría, la cual será responsabilidad de la central de comunicaciones (puesto de mando), que velará por el debido ordenamiento en toda comunicación vía radio frecuencia que se establezca entre la rectoría y la funcionaria, funcionario o grupo de estos; o entre los funcionarios y las funcionarias, por cualquiera de los canales activos que tenga dicho sistema. Es importante mencionar que todo el proceso de comunicación vía radio frecuencia debe ser estrictamente confidencial, seguro y de uso exclusivo de operadoras, operadores, funcionaria, funcionario o grupo de estos, y ajeno completamente a cualquier ciudadano que no pertenezca a la institución, así como también al personal administrativo, empleado u obrero, quienes incluso no deben tener conocimiento de los procedimientos policiales que se realizan, lo que obliga a la utilización estricta de los códigos y/o claves específicas de comunicación.

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